En un acto que parece evocar las populistas medidas del primer gobierno aprista en la segunda mitad de los años 80, el Pleno del Congreso aprobó el dictamen que establece topes a las tasas de interés del sistema financiero.
La iniciativa fue aprobada con 87 votos a favor, 8 en contra y 17 abstenciones, y fue exonerada de segunda votación, a pesar de las opiniones en contra del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Una de las principales disposiciones que establece la autógrafa es que otorga al Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) la facultad para fijar topes máximos y mínimos sobre las tasas de interés y esto lo hace por medio de la modificación del artículo 52 de la Ley Orgánica del BCRP.
“El Banco tiene la facultad de fijar tasas de interés máximas y mínimas, en forma semestral, con el propósito de regular el mercado; dicha competencia no puede ser delegada a otra entidad”, se lee en el documento aprobado por el Parlamento.
La norma también establece que “las tasas de interés activas cobradas por encima de ese límite serán consideradas tasas de interés de usura y tipificadas como un delito, siendo de aplicación el artículo 214 del Código Penal”.
Al respecto, el titular del MEF, Waldo Mendoza, calificó la norma como una bomba atómica que es producto del desconocimiento y la buena intención de ayudar a quienes tienen menos recursos.
“La ley hará que los más modestos no puedan prestarse. ¿Dónde lo harán? En el mercado informal, allí sabrán lo que es la usura, por culpa del Congreso”, afirmó en Canal N.
Verdadera usura
Acorde a lo dicho por Mendoza, el presidente de la Federación Peruana de Cajas Municipales de Ahorro y Crédito (Fepcmac), Fernando Ruiz-Caro, afirmó que la ley pone en riesgo a pequeños usuarios y emprendedores de quedar fuera del sistema financiero formal mientras estos buscan salir de la crisis.
Esto se explicaría porque al establecerse un techo para las tasas, solo podrían calificar usuarios que tengan un perfil de riesgo bajo, que por lo general son personas con altos ingresos, mas no pequeños usuarios o emprendedores.
Por ello, advirtió que la norma fomentaría la informalidad, pues varios usuarios acudirían al mercado informal. “El BCRP ha dicho (que las tasas promedio en el mercado informal) son de 792%. Conocemos tasas que llegan al 1,200% (…). Todos los emprendedores y las personas naturales que también presentan un perfil de riesgo para los créditos de consumo se van a ver excluidos de poder sacar un crédito de la banca formal”, aseveró.
En ese sentido, el presidente de la Asociación de Bancos del Perú (Asbanc), Martín Naranjo, explicó que el control de las tasas no promoverá la inclusión financiera, sino que borrará “el historial crediticio que le ha costado construir a cada peruano emprendedor a lo largo de 30 años”.
Actualmente, existe competencia en el sector financiero por captar emprendedores, pues cerca del 90% de clientes está en una condición normal de calificación, precisó Naranjo. Tal competencia, agregó, ha permitido que las tasas hayan bajado progresivamente en los últimos años. Sin embargo, al fijarse tasas se afectará la referida competencia, pues se limitaría el ingreso de nuevos clientes.
Dependiendo de si el Ejecutivo observa la autógrafa y de si el Congreso decide aprobarla por insistencia o no, los gremios financieros llevarán el caso ante el Tribunal Constitucional.
Jorge Delgado, presidente de la Asociación de Instituciones de Microfinanzas del Perú (Asomif), adelantó que tienen “derecho a presentar las acciones que corresponda porque esta ley es inconstitucional”.
Su afirmación fue respaldada por Ruiz-Caro. “En defensa de nuestros clientes y como empresarios, vamos a tomar las medidas legales que la Constitución faculta”, aseguró el ejecutivo.